Venta
Piso

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Impuestos y gastos

Jinamar

88

Dormitorios

2

Baños

1

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Referencia : R0077

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Característica

2
1

Consumo energético: G

emisiones CO2: 0

Piso

estado

Con 88m² construidos


Descripción: Piso con 88m²construidos, 2 dormitorios, 1 baños, estado, ...

Apartamento en Alquiler en Gran Canaria.¡Disponible de 15 de junio de 2026!Apartamento iluminado y espacioso de dos dormitorios en Valle de Jinámar, Gran Canaria. Situado en la 6 pta. de un edificio residencial con ascensor. Cocina completamente equipada (lavadora, lavavajillas, horno, frigorífico) Dos balcones, uno tiene vistas al mar y el otro accesible desde la cocina Excelente ubicación a 15 km de Las Palmas, con conexiones frecuentes de autobús Cerca de servicios supermercados, centros comerciales y la playa a pocos kilómetrosAmplio y bien ventilado, con internet incluido los suministros se pagan aparte.Para más detalles o para una visita, no dude en ponerse en contacto con nosotrosVisitas a la propiedad Todos los interesados en ver la propiedad deben presentar un documento de identificación válido, como DNI, NIE o pasaporte, antes de la visita. Además, se les pedirá que firmen una hoja de visita al entrar en la propiedad. Para reservar el inmueble se requerirá el pago inicial de 1 mes de fianza (a devolver en los plazos legales, tras haber entregado el inmueble al propietario, siempre que el estado del mismo sea el mismo que en el momento de su entrega al inquilino y se cumplan las condiciones del contrato de alquiler).La Ley 122023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, fue aprobada en el Congreso el 27 de abril de 2023 y en el Senado el 18 de mayo de 2023. Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, el 26 de mayo de 2023.En su artículo 20, ubicado en el apartado 1, se establece que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.Esta normativa NO SE APLICA a los contratos de arrendamiento de uso distinto al de vivienda, como los de locales comerciales, ni a los contratos de arrendamiento por temporada. En estos casos, el arrendatario es quien asume el pago de los honorarios de la agencia, junto con el IGIC correspondiente. La información sobre el inmueble está basada en posibles errores y cambios involuntarios.

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