Venta
Piso

Cerdanyola del Valles

247.000€

Impuestos y gastos

CENTRE

81

Dormitorios

3

Baños

1

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Referencia : NF-19712092

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Característica

3
1

Consumo energético: E (187kWh/m² año)

emisiones CO2: 37

Piso

estado

Con 81m² construidos


Descripción: Piso con 81m²construidos, 3 dormitorios, 1 baños, estado, ...

PISO DE 3 HABITACIONES Y BALCÓN EN CEDANYOLA DEL VALLES.NOVAFINCA comercializa la venta de este acogedor piso en pleno centro de Cerdanyola del Valles, de 81 m2 construidos según catastro. Distribuido en 3 dormitorios (uno de los dobles con salida a balcón), salón-comedor con acceso a otro balcón, cocina independiente, zona de lavadero, y un baño completo con bañera. Dotada con calefacción por radiadores en todas las estancias, y aire acondicionado en el salón-comedor, ofreciendo confort durante todo el año. Una oportunidad única de vivir en el corazón de la ciudad, rodeado de todos los servicios, Cerdanyola es un Municipio a tan solo unos 19 Km de Barcelona, muy bien comunicado por las Autopistas Ap-7 y C-58, así como RENFE. Localización del Inmueble En el Centro. Estado del Inmueble Buen Estado. Zona Tensionada Sí. Condición de Gran Tenedor No. Superficie Útil 65,28m2 Según Cedula. Superficie Construida 81m2 Según Catastro. Certificación Energética N V4RK4PRXQ E 187 y E 37, válida hasta 21536. Cedula de Habitabilidad CHB03374426001, válida hasta 12641. N Registro AICAT 1337. N API 2861. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU Impuestos a cargo del comprador En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 371992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 11993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 14261989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 14271989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).

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