Venta
Casa

Santander

118.000€

Impuestos y gastos

Monte

42

Dormitorios

1

Baños

1

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Referencia : MIES710

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Inmobiliaria Mies De Rial

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Característica

1
1

Consumo energético: G

emisiones CO2: 0

Casa

estado

Con 42m² construidos


Descripción: Casa con 42m²construidos, 1 dormitorios, 1 baños, estado, ...

Casita en Monte. Ocasión irrepetible..ATENCIÓN INVERSIONISTAS. INMUEBLE DISCONFORME CON EL PLAN URBANÍSTICO.Mies de Rial presenta en exclusiva esta casita adosada en el corazón de Monte, una vivienda en pta. que está distribuida en 1 habitación, salón, cocina con tendedero y baño. La vivienda está para actualizar y es ideal para inversionistas ya que con una pequeña inversión la tienes lista para alquilar. Situada en San Pedro del Mar, cuenta con todos los servicios en la zona, autobús en la puerta, ocio, restauración, parques, consultorios médicos y todo tipo de comercio de proximidad. Es el equilibrio perfecto para quiénes buscan un equilibrio entre la tranquilidad residencial y la cercanía al centro de la ciudad, una zona que combina a la perfección un ambiente familiar y natural sin perder el acceso a los servicios urbanos fundamentales. Además su ubicación lo hace muy interesante para amantes de las playas, a escasos minutos de la Playa de la Maruca y muy bien conectado por la S-20 con las playas del Sardinero.IMPUESTOS A CARGO DEL COMPRADOR En el caso del Impuestos de Transmisiones Patrimoniales (ITP) se calcula sobre el mayor de los valores entre el precio de venta y el valor de referencia catastral, siendo el tipo de gravamen general en Cantabria del 9 . Consultar tipos reducidos para la compra de vivienda habitual ( hasta 300.000€, menores de 40, minusvalías, familias monoparentales....) y para rehabilitación inmediata.NOTARÍA Y REGISTRO Precios sometidos a arancel todo ello de conformidad con Real Decreto 14261989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 14271989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad. En el caso de aranceles notariales la cuantía dependerá del valor económico del acto, extensión de la escritura y suplidos sufragados entre otros. En el caso de los aranceles registrales dependerán del valor económico y el n de actos inscritos entre otros.

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