Alquiler
Piso

Córdoba

600€

Ribera

60

Dormitorios

1

Baños

1

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Referencia : A2784A

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Característica

1
1

Consumo energético: G

emisiones CO2: 0

Piso

estado

Con 60m² construidos


Descripción: Piso con 60m²construidos, 1 dormitorios, 1 baños, estado, ...

Loft Dúplex Amueblado y Perfectamente Equipado Junto a la Ribera.SOLO CONTRATO TEMPORAL, para aquella persona que necesite vivienda en esta ciudad durante un tiempo determinado. PERFIL SOLICITADO SOLA UNA PERSONA CON SOLVENCIA ECONOMICA PARA EL SEGURODescubre este acogedor loft dúplex amueblado, situado en una ubicación privilegiada junto a la Ribera. A solo un paso del centro de la ciudad, esta propiedad cuenta con todas las comodidades necesarias para hacerte sentir como en casa. Dispone de una cama matrimonial cómoda y un sofá cama de 1,40 m ideal para recibir visitas ocasionales. La cocina está completamente equipada con electrodomésticos modernos que facilitarán tu día a día .Situado en pta. baja y completamente amueblado, es el espacio perfecto para una persona que busca tranquilidad sin renunciar al acceso rápido a los principales puntos de interés . Este inmueble es especialmente adecuado para quienes están aquí por motivos laborales o académicos .Ten presente que se ofrece únicamente contrato por temporada (11 meses), ¡así podrás disfrutarlo durante todo ese tiempo! Disponibilidad desde ya.ALQUILER DE TEMPORADA INFORMACIÓNLa información contenida en este anuncio puede estar sujeta a errores u omisiones y no tiene carácter contractual.El inmueble se ofrece en régimen de arrendamiento de temporada, destinado a una necesidad temporal del arrendatario (laboral, académica, vacacional u otras de carácter transitorio), no constituyendo su vivienda habitual. El contrato se regirá por lo dispuesto en la Ley 291994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos para arrendamientos de uso distinto de vivienda.Al no tratarse de vivienda habitual, no resulta de aplicación la limitación establecida en la Ley 122023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda respecto a los gastos de intermediación, por lo que los honorarios de agencia serán los establecidos por la inmobiliaria conforme a sus condiciones profesionales.El arrendamiento deberá responder a una necesidad temporal real del arrendatario, que podrá ser requerida y acreditada documentalmente conforme a la normativa vigente.

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