Alquiler
Piso

Córdoba

700€

Juderia

70

Dormitorios

2

Baños

1

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Referencia : A2072i

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Característica

2
1

Consumo energético: G

emisiones CO2: 0

Piso

estado

Con 70m² construidos


Descripción: Piso con 70m²construidos, 2 dormitorios, 1 baños, estado, ...

ESPECIAL ERASMU a pocos metros de la facultad de filosofía y zona centro.Solo para estudiantes erasmu (comunidad europea o intercambio internacional) DISPONIBLE EN AGOSTODescubre este espectacular piso ideal para estudiantes! Este iluminado apartamento se distribuye en un acogedor salón-cocina, un baño completo y dos cómodos dormitorios. En total cuenta con tres camas individuales (de 90 cm), perfectas para compartir entre compañeros. Uno de los dormitorios ofrece una cama individual junto a su propio escritorio, mientras que el segundo dormitorio tiene capacidad para hasta cuatro personas gracias a sus dos habitaciones interconectadas.El inmueble destaca por contar con cinco balcones cada uno desde las habitaciones da al exterior hacia la calle, brindando vistas agradables e iluminación natural además del salón-cocina que también disfruta de otros dos balcones orientados hacia un patio interior tranquilo . El baño está equipado y posee ventana al exterior.Este es sin duda el lugar perfecto donde disfrutar tus años universitarios . No olvides pedir tu video informativo sobre esta oportunidad única!ALQUILER DE TEMPORADA INFORMACIÓNLa información contenida en este anuncio puede estar sujeta a errores u omisiones y no tiene carácter contractual.El inmueble se ofrece en régimen de arrendamiento de temporada, destinado a una necesidad temporal del arrendatario (laboral, académica, vacacional u otras de carácter transitorio), no constituyendo su vivienda habitual. El contrato se regirá por lo dispuesto en la Ley 291994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos para arrendamientos de uso distinto de vivienda.Al no tratarse de vivienda habitual, no resulta de aplicación la limitación establecida en la Ley 122023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda respecto a los gastos de intermediación, por lo que los honorarios de agencia serán los establecidos por la inmobiliaria conforme a sus condiciones profesionales.El arrendamiento deberá responder a una necesidad temporal real del arrendatario, que podrá ser requerida y acreditada documentalmente conforme a la normativa vigente.

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